G4-11
La totalidad de los profesionales del Hospital Universitario Virgen Macarena cuenta con representación sindical, siendo la Junta de Personal el órgano de representación de los trabajadores, según se establece en el Estatuto Marco del Personal Estatutario.
El 17 de diciembre de 2014 se celebraron elecciones sindicales, tomando posesión la nueva Junta de Personal en enero de 2015.
Juntas de personal
Sección sindical | votos | % | Total | Hombres | Mujeres |
SATSE | 514 | 24,78% | 8 | 2 | 6 |
CC.OO. | 275 | 13,26% | 4 | 2 | 2 |
CSI-CSIF | 224 | 10,80% | 3 | 1 | 2 |
FASPI | 347 | 16,73% | 5 | 5 | - |
USAE | 356 | 17,16% | 5 | 1 | 4 |
UGT | 267 | 12,87% | 4 | 2 | 2 |
CGT | 91 | 4,39% | - | - | - |
TOTAL | 2.074 | 100,00% | 29 | 13 | 16 |
Sus funciones están recogidas en la Ley 9/1987, de 12 de mayo, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La Junta de Personal debe recibir información sobre la política de personal; emitir informe, a solicitud de la Administración Pública correspondiente, sobre diversos aspectos, como el traslado total o parcial de las instalaciones, los planes de formación de personal y la implantación o revisión de sistemas de organización y métodos de trabajo. Deben ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves; tener conocimiento y ser oídos en cuestiones y materias como son el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, régimen de permisos, vacaciones y licencias y cantidades que perciba cada funcionario por complemento de productividad.
Las garantías y derechos de los miembros de la Junta de Personal en el ejercicio de su función representativa están igualmente recogidos en la mencionada norma.
El Centro facilita instalaciones y material para que las secciones sindicales puedan desarrollar sus actividades de representación y su trabajo diario.
En el Hospital Universitario Virgen Macarena hay un total de 13 liberados a tiempo total completo y 20 a tiempo parcial con la siguiente distribución:
Liberación tiempo total | Liberación tiempo parcial | |||||
Sindicato | Total | Hombres | Mujeres | Total | Hombres | Mujeres |
CC.OO. | 0 | 0 | 0 | 3 | 2 | 1 |
CGT | 0 | 0 | 0 | 1 | 1 | 0 |
CSI-CSIF | 1 | 1 | 0 | 9 | 4 | 5 |
SATSE | 4 | 3 | 1 | 2 | 1 | 1 |
FASPI | 0 | 0 | 0 | 2 | 1 | 1 |
UGT | 6 | 3 | 3 | 0 | 0 | 0 |
USAE | 2 | 0 | 2 | 2 | 0 | 2 |
OTROS | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 | 1 |
TOTAL | 13 | 7 | 6 | 20 | 9 | 11 |
Además de las funciones señaladas por la normativa general, las secciones sindicales participan en las siguientes comisiones:
- Comisión de seguimiento del Complemento de Rendimiento Profesional (CRP)
- Comisión de Bolsa Única de Contratación
- Comisión de 'acoplamiento'
- Comisión de seguimiento del Plan de vacaciones
Como ya se ha comentado en el apartado de empleo, los representantes sindicales participan en los procesos de cobertura de plazas de puestos base.
Cualquier cambio organizativo debe ser comunicado a la Junta de Personal del centro.